Sobre el Defensor del Socio
15 de Septiembre de 2009
Nos hemos puesto en contacto con Alejandro Campo y ya tenemos cosas para contaros sobre la figura del Defensor del Socio como que hay ya un Reglamento del Defensor del Socio que os dejamos a continuación y unas señas de referencia para dirigirse al propio Defensor del Socio, así como la idea de que Grada Gimnástica pueda ayudar de algún modo en este menester. Os tendremos informados al respecto y aquí de momento lo reseñado arriba:
——————————————————————————————
Postal: Real Sdad. Gimnástica
(Defensor del Socio)
Avda. Constitución s/n (Pabellón Vicente Trueba)
39300 TORRELAVEGA (Cantabria)
Mail: defensordelsociorealsociedadgimnastica@hotmail.com
Fax: 942881946
————————————————————————————————————
REGLAMENTO DEL DEFENSOR DEL SOCIO DE LA REAL SDAD. GIMNASTICA DE TORRELAVEGA
Artículo 1º
La Real Sdad. Gimnástica de Torrelavega, ha acordado el nombramiento del Defensor del Socio cuya función es atender las quejas y reclamaciones de los socios, así como canalizar las sugerencias y comentarios de los socios hacia la Junta Directiva, entendiéndose que tales quejas y reclamaciones estarán de acuerdo con el Reglamento del Club.,
Corresponde al Defensor del Socio:
1. Conocer y resolver las reclamaciones que formulen las personas físicas vinculadas con el
Club, .
2. Hacer llegar a la Junta Directiva del Club las recomendaciones en temas relacionados
con sus competencias.
El recurso al Defensor del Socio tiene carácter gratuito.
Artículo 2º
Corresponde a la Junta Directiva del Club la designación del Defensor del Socio
que recaerá, necesariamente, en personas o entidades de reconocido prestigio.
Se atribuye al Defensor del Socio una absoluta independencia de criterio y actuación en el
ejercicio de su función.
Artículo 3º
En virtud de lo estipulado en el artículo 2º de este Reglamento, la Junta Directiva del Club
designa como Defensor del Socio a D. Alejandro Campo Ruiz.
Artículo 4º
La duración del cargo de Defensor del Socio es indefinida.
En caso de que sea necesaria la modificación del Defensor del Socio designado, la Junta Directiva del Club, realizará en el mismo momento el cese y nuevo nombramiento para
asegurar la continuidad en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 5º
El Defensor del Socio tiene plenas facultades para establecer su forma de funcionamiento
con el fin de facilitar la más ágil resolución de las reclamaciones.
Artículo 6º
Pueden recurrir al Defensor del Socio todos los socios y abonados que
tengan alguna reclamación contra el Club, por cualquier circunstancia derivada de su
pertenencia o de su relación con el mismo.
.Artículo 7º
Las reclamaciones ante el Defensor del Socio deberán formularse mediante escrito
dirigido el mismo a la dirección postal del Club, Avda. Constitución s/n 39300 Torrelavega (Cantabria), por fax al nº 942881946 ó por Mail:
defensordelsociosrealsociedadgimnastica@hotmail.com indicando los siguientes datos:
a) Nombre, apellidos, número de socio, número de DNI y domicilio del interesado. En caso de que se actúe mediante representación, ésta se justificará documentalmente y, además, deberán figurar los datos identificativos del representante.
b) Descripción detallada y clara de los hechos objeto de la reclamación, razones que la motivan y concreción de la solicitud que se formula, haciendo constar expresamente que los hechos no son objeto de litigio ante los tribunales ordinarios de justicia.
c) ) Lugar, fecha y firma de la reclamación
d. Pruebas documentales en que el reclamante apoye la reclamación
e). El Defensor del Socio contestará las reclamaciones por escrito y motivadamente
.
Artículo 8º
La admisión a trámite de la reclamación corresponde al Defensor del Socio que acusará
recibo con carácter inmediato y recabará los antecedentes necesarios para su estudio a los
los Sres. Socios o abonados reclamantes del Club. En todo caso, la reclamación deberá ser resuelta en un plazo máximo de un mes desde que la reclamación escrita tuvo entrada en la Oficina del Defensor del Socio.
Las resoluciones se adoptarán con criterios de equidad y serán vinculantes para el Club, siempre
y cuando dicha resolución sea relacionada con la responsabilidad y actividad del Club
.
El reclamante podrá ejercer las acciones que legalmente le correspondan para la defensa de sus
derechos, en caso de que no acepte la resolución del Defensor del Socio
Artículo 9º
Se fijan como materias excluidas del ámbito de competencia del Defensor del Socio:
* Cuando se omitan los datos comentados en el apartado anterior.
* Cuando los hechos, razones o solicitudes no se refieran a cuestiones objetos que estén relacionados con las responsabilidad y actividades del Club
* Si no se encontrase suficientemente acreditada la identidad del Socio, o no se pudiera establecer con claridad por parte del Defensor del Socio los hechos objeto de la queja o reclamación.
Cuando se entienda no admisible la queja o reclamación por parte del Socio por algunas de las causas anteriores, se manifestará al interesado, dándole un plazo de diez días al Socio para subsanar las posibles errores e informándolo que en caso contrario se procederá al archivo de su queja o reclamación
b) Reclamaciones sobre las que el Defensor del Socio se haya pronunciado con anterioridad.
c) Cuando hayan transcurrido más de un año desde los hechos que motivan la reclamación.
d) Asuntos que estén sometidos a decisión judicial o sobre los que haya recaído sentencia firme.
e). Reclamaciones por daños y perjuicios que la conducta del Club haya podido ocasionar
Artículo 10º
Se dotarán los medios precisos para facilitar el más eficaz funcionamiento del Defensor del Socio, así como su independencia en el ejercicio de sus funciones. A tal efecto:
1. Contará con la colaboración de la Junta Directiva, quien actuará como enlace con los
restantes departamentos y servicios del Club
2. La Junta Directiva del Club, remitirán al Defensor del Socio, con carácter inmediato, cuanta
información relacionada con las reclamaciones admitidas a trámite se les solicite. No
obstante, el Defensor del Socio puede también obtener información directamente por
cualquier otro procedimiento si así lo considera oportuno para la adecuada resolución de cada
reclamación.
3. Se cumplirán las decisiones del Defensor del Socio que tengan carácter vinculante para el
Club. En todo caso, el Defensor del Socio informará al Club de la solución final de cada una
de las reclamaciones que hayan sido tramitadas.
4. La Junta Directiva del Club, adoptará las medidas oportunas para difundir entre los
partícipes y beneficiarios el nombramiento del Defensor del Socio.
Artículo 11º
El Defensor del Socio redactará cada año una Memoria de su actuación que presentará
ante la Junta Directiva del Club.
En Torrelavega a uno de Septiembre de dos mil nueve
EL PRESIDENTE R.S.G. EL DEFENSOR DEL SOCIO
Fdo.: Abel Fernández Fdo.: Alejandro Campo
Comentarios
10 comentarios a “Sobre el Defensor del Socio”
¿Tienes algo que decir?
Tienes que estar conectado para dejar comentarios.


¿Porque los heladeros venden alcohol y al bar no le dejan venderlo?
¿Porque no dejaron salir el otro dia al descanso?
El defensor del socio estoy convencido que conmigo tendra mucho trabajo.
AUPA GIMNASTICA TODOS A CUENCA .
y ¿porque ha de ser una persona o entidad de reconocido prestigio?, que pasa que la gente de a pie no vale, o ¿no mirará mucho mas por la defensa del socio que alguien que tenga que poner en juego su “prestigio”?. Y porque el cargo es indefinido y es a la Junta Directiva a quien corresponde su nombramiento y cese, no lo entiendo o sea que si el defensor del socio da mucho la paliza y defiende mucho al socio pues le echamos y ponemos a otro con prestigio. No lo veo nada claro.
GIMNASTICA SIEMPRE con o sin gente de “prestigio”
Es una tapadera se ve rapidamente al leer todo lo de arriba , repito conmigo tendra mucho trabajo don Alejandro Campo .
Y tambien me gustaria decirle a don Alejandro que nos gustaria saber del campo nuevo ya .
AUPA GIMNASTICA.
COMO EL CAMPO,VA PARA LARGO,Y SI ES MENTIRA QUE SE DEMUESTRE POR ESCRITO,ES PRIMORDIAL,ADECENTAR LA GENERAL,QUE CUALQUIER DIA SE JODE UN PIE (COMO POCO) ALGUNA PERSONA!!!!!!
HABILITAR EL ACCESO A LA GENERAL,PARA QUE LA GENTE,NO TENGA QUE AGUANTAR IMPROPERIOS DE IMBECILES,COMO LOS DEL OTRO DIA!!!!!!!
LO DEL SALIR DEL ESTADIO EN EL DESCANSO,TODO ES LLEGAR A UN CONSENSO,Y HABLARLO. CON EL SISTEMA DE PASES DE DESCANSO,VALDRIA!!!!!!!!!
Y POR SUPUESTO,HACER LLEGAR,UN RESPETO Y UN RIGOR INFORMATIVO,PARA CON LA R.S. GIMNASTICA DE TORRELAVEGA,AUNQUE LE JODA AL DIRECTOR DE ALGUN MEDIO.!!!!!!!!!!
AITOR,YO TAMBIEN LE DARE TAREA!!!!!!!
AUPA GIMNASTICA SIEMPRE!!!
La figura del “Defensor del socio´´ni me parece bien ni necesaria en nuestro club y voy a dar unas cuantas razones para explicar mi postura:
Cuando esta nueva junta directiva se formo una de las ideas que propugnaba era hacer mas accesible y cercano el club a todos los socios.Utilizando la figura de “mediador´´ entre la junta directiva y el socio no solo no se consigue sino que se distancia al socio de la junta directiva,por lo tanto,esta figura del “Defensor del socio´´contradice una de las principales promesas electorales de Teran y compañia.
Pienso que una figura de mediador debe ser votada en una asamblea de socios y por supuesto explicada.No solo la existencia de este cargo de mediacion sino proponer candidatos y poder ser votados democraticamente.Con esto no digo que Alejandro Campo no este preparado para el cargo sino solo que no esta legitimado.Esta legitimacion democratica quiza se eche en falta en un futuro,cuando haya problemas,criticas y “roces´´ poro la labor desarrollada.Para evitar esto y no solo en beneficio de este hombre sino de la imagen del club,tenia que haberse planteado en una asamblea.
La eleccion misma de Alejandro Campo,de un modo unilateral,habre todo tipo de especulaciones;no por su pasado como presidente y directivo tanto de la Real Sociedad Gimnastica y los Veteranos sino por su pasado politico como la mano derecha durante muchos años de un ex-alcalde de Torrelavega.
Alejandro Campo actualmente,creo y si no es asi que me conteste alguien,estaba alejado tanto de la Gimnastica,la politica y los Veteranos.Quiza,pienso,que ese vacio al que no estaba nunca acostumbrado se le haya otorgado para volver a aparecer en el ambito publico de la sociedad y prensa relacionado con nuestro equipo y nuestra ciudad.
Todas las especulaciones son validas.Un saludo y muchas gracias por dejar expresarme.
como socio me quejo de que en el entrenamiento del miercoles 16 varios jugadores del regional en concreto 2 salian a entrenar con ropa del racing uno con chaqueta de chandal y otro con sudadera y no eran de hace 20 años,si queremos ser un club serio eso no se puede permitir,y si tienen frio,pueto que todavia no deben de tener sudaderas de la nasti que se den alcohol para calentarse y sino que se queden en casa.
Yo les meteria un expediente disciplinario jajajajjaja
AUPA GIMNASTICA
TOTALMENTE DE ACUERDO CON PORTUGUESAZUL!!!!!!
JODER,QUE NO ES UNA SUDADERA CUALQUIERA!!!
PORCIERTO,¿ALGUIEN SABE ALGO,SOBRE UNOS INCIDENTES,ACAECIDOS EN LA MAÑANA DEL DOMINGO,EN UN BAR DE LA ZONA, DE TORRELAVEGA,CON IMPRESENTABLES AFICIONADOS DEL RACING?
NO ESTABA,PERO ALGO ME HAN CONTADO!!
■portuguesazul el 17 de Septiembre de 2009 7:03 am
como socio me quejo de que en el entrenamiento del miercoles 16 varios jugadores del regional en concreto 2 salian a entrenar con ropa del racing uno con chaqueta de chandal y otro con sudadera y no eran de hace 20 años,si queremos ser un club serio eso no se puede permitir,y si tienen frio,pueto que todavia no deben de tener sudaderas de la nasti que se den alcohol para calentarse y sino que se queden en casa.
Si esto es verdad que lo explique la directiva o es que no tiene conocimiento de ello.